El Territorio
Todos los espacios terrestres, marítimos y aéreos que conforman el territorio de la Nación Peruana, parte material de su heredad histérica, deben ser definidos por la Constitución Nacional. La Nación tiene el deber de asegurar su dominio, es decir, el control efectivo de todos los espacios terrestres, marítimos, fluviales y aéreos de propiedad del Estado peruano, en resguardo de nuestra soberanía. El Estado es el titular del derecho de soberanía sobre todo el territorio nacional, incluyendo el dominio marítimo de 200 millas ó Mar de Grau.
Por el interés común deberá asegurar, también, la integración de todo el territorio nacional mediante la promoción y desarrollo sostenidos de aquellas provincias y regiones más rezagadas social y económicamente, a fin de compensar el crecimiento desordenado en algunas zonas del país en detrimento de otras. Deberá garantizarse así mismo la calidad del medio ambiente, cuyo desmedro afecta directamente la cualidad vital de los territorios en cuestión.
Confluencia Nacional cuestiona y rechaza frontalmente todo hecho, gestión o pacto que se haya efectuado o se llegara a efectuar en nombre de la Nación que pudiera implicar riesgo o menoscabo de la soberanía nacional en cualquier punto de su geografía.
Los mapas Oficiales del Perú, en adelante, deberán indicar no sólo el área superficial de la parte continental del Perú sino también el área del dominio marítimo peruano, que abarca el mar territorial ó Mar de Grau, hasta la distancia de 200 millas marinas medidas paralelamente al litoral a partir de las Líneas de Base fijadas por ley.


